Contexto

Un viacrucis sintético: La venta de marihuana sintética y sus efectos en la Isla

La sintética provoca alteración de la percepción, episodios psicóticos como delirios, pensamientos desorganizados, ansiedad extrema, confusión, entre otros.

8 de julio de 2018. Un día fatídico para una familia pero que a la vez abre la puerta para la esperanza de una población envuelta en la adicción que necesita que el Estado finalmente haga algo para atajar una situación que desmorona a la sociedad puertorriqueña.

Ese día mencionado fue que Cariam Noelia Hernández, Pablo Xavier Jerónimo y su familia vivieron un dolor que nunca imaginaron: la pérdida de su hijo Anthony Amaurys Rodríguez Hernández. Amaurys falleció de una sobredosis por canabinoides sintéticos. Tenía 23 años y dejó una hija de cuatro. La investigación periodística de este caso comenzó en Metro y en el Centro de Periodismo Investigativo y culminó en el programa Cuarto Poder.

Según estadísticas enviadas por el Instituto de Ciencias Forenses a Metro y a la producción del programa Cuarto Poder, de Wapa TV, Amaurys murió tras consumir altas dosis de esta droga sintética que en Puerto Rico se conoce como “la sintética”, “el popu”, “el potpurrí”, “incienso pa’ fili” o “el japi”. Lo conseguía en varias gasolineras cerca de su casa, en una urbanización en Carolina, aunque también se conoce que circula en las economías subterráneas de las ventas de drogas.

Amaurys cambió mucho, él cambió por la sintética”, indica entre sollozos Cariam al ser entrevistada. Pablo, padrastro de Amaurys y quien lo crió desde pequeño, recuerda que el día que lo encontró, “Amaurys estaba tirado en el piso, no respondía” y presentaba síntomas de vómitos y asfixia.

Había comenzado a consumir “Popu”, pues es una droga que burla los dopajes, luego de que un Tribunal lo sentenciara a una probatoria tras el testimonio de las víctimas de un escalamiento en el que participó, que indicaron que el joven siempre las protegió e incluso intentó hacer entrar en razón a los perpetradores. En mayo, empero, se aprobó una ley en la Cámara, propuesta por el representante Jesús Manuel Ortiz, que establece que la detección de cannabis en dopaje no se podrá considerar como una violación a los términos de libertad vía probatoria.

La Administración para el Manejo de Drogas (DEA) la describe como un intento de crear “una versión sintética del tetrahidrocannabinol (THC), el ingrediente psicoactivo de la marihuana”. En realidad, es muy difícil saber qué es a ciencia cierta es. La DEA especifica que esta droga “es una mezcla de material vegetal rociado con productos químicos psicoactivos sintéticos. A menudo parece popurrí y normalmente se etiqueta como “no para consumo humano”. Se puede comprar en Internet, y eso lo hace peligroso porque se desconocen sus orígenes y cantidades químicas. Los ingredientes y la fuerza de los productos que contienen cannabinoides sintéticos son casi imposibles de conocer para el usuario.

La sintética es un veneno que se esparce por los cascos urbanos de Puerto Rico desde hace década y media. Parece picadura de algo que no es necesariamente marihuana y, sinceramente, referirse a esta droga como cannabis sería un insulto para las bondades de esa planta medicinal. Aunque sus estragos se sienten en las calles de Puerto Rico, el Instituto de Ciencias Forenses señaló que desde 2015 hasta 2021 apenas se registran ocho muertes de sobredosis por canabinoides sintéticos: cinco en 2015, tres en 2017 y una en 2018. Afirmaron que ni en 2016, ni en 2019, ni en 2020, ni en 2021 se registraron muertes por “la sintética”.

La ironía de todo esto radica en que existen leyes que prohíben la venta de esta sustancia. En 2012, se estableció la Ley Número 154, para enmendar los artículos 102 y 202 de la Ley Número 4 de 1971, conocida como la Ley de Sustancias Controladas. El proyecto fue radicado por el representante Pichy Torres Zamora y le otorga al Departamento de Salud y al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) la facultad legal para inmediatamente incautar, retirar y disponer de todo producto que contenga Metilendioxipirovalerona (MDPV), marihuana sintética o “cannabiniode sintético” o sus derivados. Además, se autorizó a Salud y a DACO a aprobar o enmendar cualquier disposición reglamentaria necesaria para poner en vigor las disposiciones de esta Ley.

Pero poco se ha hecho para poner en vigor la ley. Al cierre de este artículo, el secretario de DACO, Edan Rivera Rodríguez, aún no respondía a peticiones de reacción sobre este asunto.

“Se vende aquí en Puerto Rico todavía. Y son productos con empaques que a veces vienen disfrazados con componentes que son naturales. Es una preocupación que tenemos en la escuela, pues sus componentes son 400 veces más poderosos que el THC. Esto de marihuana no tiene nada”, destaca el doctor Joseph Bloom, Decano Auxiliar de Investigación de la Escuela de Farmacia, en el Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico, alertando que “ha sido muy difícil recopilar estadísticas al respecto, pero seguimos en eso”.

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