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Tribunal Supremo concluye que consumir marihuana no basta para perder el derecho a tener armas

La decisión podría tener implicaciones en Puerto Rico, donde avanza una medida para impedir que pacientes de cannabis medicinal obtengan licencias de armas.

El mes pasado, una empresa demandó a la Autoridad de Dormitorios, alegando que su ex director buscaba sobornos ilegales a partir de contratos sin licitación asociados con el fondo. | Foto: Precio S. – stock.adobe.com
El mes pasado, una empresa demandó a la Autoridad de Dormitorios, alegando que su ex director buscaba sobornos ilegales a partir de contratos sin licitación asociados con el fondo. | Foto: Precio S. – stock.adobe.com

Una decisión unánime del Tribunal Supremo de Estados Unidos podría alterar el debate sobre armas y cannabis medicinal en Puerto Rico, luego de que el máximo foro judicial concluyera que el consumo frecuente de marihuana, por sí solo, no es suficiente para privar a una persona de su derecho constitucional a poseer armas de fuego.

El fallo representa una importante victoria para los defensores de los derechos de armas y para grupos que apoyan la legalización del cannabis, al tiempo que limita el alcance de una ley federal aprobada en la década de 1960 que prohíbe la posesión de armas por parte de usuarios de sustancias controladas.

La controversia surgió tras el procesamiento criminal de Ali Danial Hemani, un ciudadano estadounidense y pakistaní acusado de violar la ley federal que prohíbe poseer armas a personas que consumen drogas ilegales. Durante un allanamiento, agentes federales encontraron una pistola Glock de 9 milímetros y marihuana, lo que dio paso a una batalla legal que terminó ante el Tribunal Supremo.

En su determinación, los jueces concluyeron que el gobierno federal no logró demostrar que toda persona que consume marihuana de manera regular representa automáticamente un peligro para la sociedad o que deba perder las protecciones que ofrece la Segunda Enmienda de la Constitución de Estados Unidos.


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La decisión, sin embargo, no elimina todas las restricciones relacionadas con armas y drogas.

El Supremo dejó claro que no estaba resolviendo situaciones relacionadas con personas intoxicadas, adictas o que utilicen armas bajo los efectos de sustancias controladas. Tampoco descartó que el Congreso pueda aprobar restricciones más específicas en el futuro.

El caso ocurre en medio de un cambio dramático en la percepción y regulación del cannabis en Estados Unidos. Actualmente, más de la mitad de los estados permiten el uso recreativo de la marihuana y una cantidad aún mayor autoriza su consumo con fines medicinales.

¿Qué significa para Puerto Rico?

La determinación cobra especial relevancia en Puerto Rico debido a que actualmente existe una medida legislativa que busca endurecer las restricciones para personas que poseen una licencia de cannabis medicinal.

Se trata del Proyecto de la Cámara 651, de la autoía de la representante Lisie Janet Burgos Muñiz, aprobado por la Cámara de Representantes y actualmente pendiente de consideración en el Senado. La medida propone enmendar la Ley de Armas de Puerto Rico para prohibir expresamente que una persona con licencia vigente de cannabis medicinal pueda obtener una licencia de armas.

Además, el proyecto requeriría pruebas de detección de sustancias controladas como parte del proceso de solicitud y establecería mecanismos para que el Negociado de la Policía pueda corroborar si una persona mantiene una licencia activa de cannabis medicinal.

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Aunque la decisión del Tribunal Supremo no invalida automáticamente la medida puertorriqueña ni modifica las leyes vigentes en la Isla, sí podría convertirse en un precedente importante para futuras controversias judiciales relacionadas con restricciones de armas dirigidas específicamente a pacientes de cannabis medicinal.

De hecho, el razonamiento del Supremo apunta a que el gobierno no puede asumir de manera automática que toda persona que consume marihuana es peligrosa o representa una amenaza que justifique la pérdida de un derecho constitucional.

Ese planteamiento podría convertirse en uno de los principales argumentos de quienes se oponen a restricciones generales dirigidas a pacientes de cannabis medicinal, especialmente en jurisdicciones como Puerto Rico donde el uso medicinal de la sustancia es legal y regulado por ley.

La decisión también representa el más reciente capítulo en la tendencia del Tribunal Supremo de ampliar las protecciones relacionadas con la Segunda Enmienda. En los últimos años, la corte ha emitido varias determinaciones que han limitado la capacidad del gobierno para imponer ciertas restricciones relacionadas con la posesión y portación de armas de fuego.

Por ahora, el fallo no cambia las normas que aplican en Puerto Rico. Sin embargo, podría influir en futuras discusiones legislativas y judiciales sobre hasta dónde puede llegar el gobierno al momento de restringir el acceso a armas de fuego para personas que utilizan cannabis medicinal de manera legal.

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